Subvenciones para la contratación de personas discapacitadas para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social (2019)

El Gobierno de Castilla y León ratifica su lucha contra el desempleo y la mejora de la empleabilidad de aquellos trabajadores con mayores dificultades de inserción con la aprobación de subvenciones para la contratación temporal del colectivo de personas discapacitadas para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social 2019.

A estas ayudas, cuyo plazo de solicitud finaliza el 22 de mayo, podrán optar aquellas Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León que den empleo a personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y cuyas contrataciones cumplan con los siguientes requisitos:

a) Las obras y servicios de interés público y utilidad social objeto de los contratos serán ejecutadas en el ámbito de las competencias que puedan ejercer las entidades locales.

b) Los contratados deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el servicio público de empleo de Castilla y León en la fecha de alta en la Seguridad Social.

c) Los contratos se formalizarán por escrito y en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente y podrán concertarse a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que en ese caso sea igual o superior al 50% de la ordinaria en la entidad. En los contratos se mencionará expresamente como cláusula adicional de la cofinanciación del FSE en un 50% en el marco del programa operativo de Castilla y León 2014-2020. Los contratos serán comunicados a la oficina del servicio público de empleo de Castilla y León correspondiente.

d) Si antes de completar el período de contratación subvencionado el contrato de trabajo se extingue, se podrá contratar a otro trabajador que cumpla los mismos requisitos exigidos para el trabajador inicial, por el período que, sumado al del anterior o anteriores contratos, complete como mínimo el período subvencionado para cada contratación. En ningún caso esta sustitución conllevará un incremento en el importe de la subvención.

e) Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad beneficiaria comunicará dicha incidencia al servicio público de empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a contar desde la producción del hecho que da lugar a la suspensión del contrato, a través del modelo de aportación documental e incidencias. En estos supuestos y durante el tiempo que dure dicha situación, la entidad podrá formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador que cumpla con los requisitos exigidos para el trabajador inicial. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención.

Con independencia de la duración de las obras y servicios, el periodo de contratación subvencionable será aquel comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Serán subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación temporal de personas desempleadas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, con un importe máximo; a jornada completa y por un periodo de 90 días, de 5.219,88 € determinado por las siguientes cuantías:

  • 3.835,50 € como costes salariales según el salario mínimo interprofesional para 2019 por el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre.
  • 1.256,22 € los costes de cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la seguridad social a cargo de la empresa.
  • 127, 86 € en concepto de indemnización por fin de contrato.

Solo se podrán subvencionar un máximo de dos contrataciones por entidad local solicitante. En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración efectiva de la jornada de trabajo, que deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria.

La tramitación de estas solicitudes se hará vía electrónica, por lo que las entidades solicitantes o sus representantes legales deberán disponer de DNI electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido por la Administración en la Sede Electrónica de Castilla y León.

Documentación a consultar para iniciar la solicitud:

Documentación a aportar una vez concedida la subvención: